El Proyecto de Ley 010 sigue vivo
El objetivo central del proyecto de ley 010 es reestructurar y orientar el sistema de aseguramiento existente hacia un modelo que consolide y asocie, bajo la égida de la inversión extranjera, a unas pocas EPS y a grandes hospitales y clínicas que trabajarán en redes bajo el control de las EPS o bajo diversas modalidades de integración vertical.
No obstante haber sido presentado por la bancada mayoritaria en el Congreso de la República, de contar con el aval expreso del ministro de salud y de haber recibido mensaje de urgencia para su trámite en inicios del mes de octubre, por parte del Presidente Duque, el Proyecto de Ley 010-2020 Senado 425-2020 Cámara, no fue aprobado en el año 2020 y su trámite continúa pendiente en el Congreso de la República.
La razón principal: el rechazo vehemente y fundamentado de la mayoría de las organizaciones gremiales, de la academia y diversos representantes del sector salud expresado en las múltiples intervenciones realizadas en las audiencias públicas en medio de la pandemia por las Comisiones 7as del Senado y de la Cámara de Representantes y en las movilizaciones organizadas por movimientos como Salud en el Paro y la Mesa por la Defensa de la Salud de Bolívar.
El proyecto de ley propone una reforma al sistema de salud en Colombia sin cambiar los principios y lineamientos de la Ley 100 de 1993. No se trata de meros “ajustes” al sistema de salud como lo señala el artículo 1º del proyecto. Tampoco se trata de garantizar el “Derecho Fundamental a la Salud” como se afirma en el enunciado del proyecto de ley.
El objetivo central es reestructurar y orientar el sistema de aseguramiento existente hacia un modelo que consolide y asocie, bajo la égida de la inversión extranjera, a unas pocas EPS y a grandes hospitales y clínicas que trabajarán en redes bajo el control de las EPS o bajo diversas modalidades de integración vertical. Es decir, de la integración de las empresas aseguradoras con las prestadoras de servicios en donde generalmente una EPS es dueña de uno o varios hospitales; práctica de la que en Colombia fue pionera la ingratamente recordada por sus prácticas de corrupción, la EPS SaludCoop.
Aunque este objetivo no se hace explícito en el proyecto de ley, el mismo subyace en todo el articulado. Ya en el capítulo 1º se considera al aseguramiento función esencial del sistema de salud y se enuncia una redistribución del mercado asegurador que haría sonrojar a los defensores a ultranza de la libre competencia pues se establece una regionalización del sistema de salud que como se puede inferir del art. 17, tiene como eje, la asignación de territorios exclusivos de aseguramiento y de número de afiliados a determinadas EPS.
Se establece también que la gestión del riesgo financiero, el cual realizan las aseguradoras bajo el paraguas de “gestión integral del riesgo” es el fundamento de la sostenibilidad financiera del sistema. En otras palabras, los servicios de salud a los afiliados continuarán supeditados a la reducción de costos que requieren las EPS para optimizar su margen de ganancia.
La dirección que se le quiere dar al sistema de salud en Colombia, lo ilustran hechos como la conformación este año en la Asociación Nacional de Empresarios (ANDI) del Comité de Aseguramiento en Salud, integrado por diez (10) de las más grandes EPS del país. Entre ellas: el “United Health Group”, la compañía de seguros en salud más grande de los Estados Unidos (https://bit.ly/3sFz3nd), que representa muy bien el modelo de integración vertical e inversión extranjera hacia donde apunta el Proyecto de Ley 010.