La contrarreforma a la salud del Plan Nacional de Desarrollo
Lo pronosticamos el año pasado: la reforma a la salud que finalmente se apruebe no será la que planteó Petro en su programa electoral, cuyo objetivo era un sistema sin intermediación financiera y que le valió el apoyo y los votos de muchos en el sector de la salud y en la población en general.
La salida del Ministerio de Salud de la Dra. Carolina Corcho, quien defendió el proyecto inicial del gobierno, fue condición previa y necesaria para aprobar la semana pasada el Artículo 150 del Plan Nacional de Desarrollo (PND) con el que, de hecho, se neutralizó la reforma a la salud petrista.
El Parágrafo Primero del susodicho artículo revela que la bancada de gobierno aceptó mantener las EPS y sus funciones de intermediación financiera y administrativa: “No estarán sujetas a lo dispuesto en este artículo las EPS […] que en su desempeño financiero cumplan con el patrimonio adecuado”.
En otras palabras, las grandes EPS con solidez financiera continuarán recibiendo recursos públicos, autorizando servicios, auditando cuentas e intermediando los pagos a los prestadores que contraten, exceptuadas del giro directo.
El texto mismo del Artículo 150 del Plan Nacional de Desarrollo, que se refiere al giro directo de los recursos, no establece nada sustancialmente diferente de lo que ya existe y ha venido realizando la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES).
En 2019, la ADRES hizo giros directos por 25,7 billones de pesos y en 2022 por 17,8 billones de pesos. Más bien, lo aprobado en el Artículo 150 responde a la propuesta de las EPS agrupadas en la ANDI de “fortalecer el giro directo desde la ADRES, mecanismo que ha operado con éxito para el régimen subsidiado y en menor proporción en el contributivo”.
En la práctica, el Plan Nacional de Desarrollo (PND) confiere a la ADRES la función de “tesorería”, pero no la de “pagador único” del sistema de salud. Las EPS seguramente cambiarán de nombre a “Gestoras de Salud y Vida”, pero continuarán siendo intermediarias financieras en su rol de “pagadoras” de los servicios que contraten con los prestadores.
La Unidad de Pago por Capitación (UPC) continuará siendo el valor del riesgo en salud que se transfiere a las EPS por afiliado y que se calcula anualmente de acuerdo con las ecuaciones empleadas en el negocio de los seguros.✖ Es decir, el giro directo se continuará haciendo sin modificar el modelo de aseguramiento vigente.
El Artículo 150 del Plan Nacional de Desarrollo pavimenta la vía para los nuevos acuerdos que probablemente se firmarán para aprobar finalmente en el Congreso de la República la reforma a la salud en esta legislatura o en la próxima. En el trámite de la reforma a la salud, el presidente Petro seguramente buscará ganar terreno en el que ha sido su principal interés, un modelo preventivo y predictivo de la salud, lejos de la promesa inicial de hacer una reforma de fondo a la salud.
Al mismo tiempo, el Plan Nacional de Desarrollo abre la puerta a la consolidación de un oligopolio de compañías aseguradoras que controlen la totalidad del manejo del sistema de salud. Más que nunca se necesita una normatividad que regule estrictamente las EPS. En este punto, los sectores políticos de centro, ajenos a la polarización del gobierno versus las EPS, no se han equivocado.